Se adjunta Circular SAG 237-21, donde se informa que debido a las notificaciones recibidas desde los Organismos Nacionales de Protección Fitosanitaria (ONPF), por presencia de Cydia spp en embarques chilenos, se establecerá las siguientes medidas:
* Para países donde Cydia molesta y/o Cydia pomonella no son plagas cuarentenarias, se tolerará como máximo la presencia de 2 estados inmaduros vivos, los CSG/ variedad involucradas en las intercepciones serán excluidos de aquellos países donde esta plaga es cuarentenaria,
* Para paises donde C. molesta y C. pomonella es cuarentenaria, si el lote tiene más de 5 CSG, la muestra total será de un 2,5% del lote, cada CSG deberá ser muestreado en a lo menos un 2% y no tener menos de 2 cajas muestra .
* Para Perú, todos los pallets deben encontrase a piso y con acceso a las cuatro caras, las pomáceas serán inspeccionadas igual que Bolivia, Ecuador y Colombia (36 cajas para lote menor a 1500 cajas, 2,5% para lotes entre 1500-4000 cajas y 100 cajas para lotes mayores a 4000 cajas), los lotes podrán tener como máximo un tamaño de 4.000 cajas.
* Si se detectan más de 3 frutos con daños atribuibles a presencia de Cydia spp, se aumentará el nivel de muestreo, revisando 4 cajas adicionales por cada CSG.
* SI se considera que el producto que se está inspeccionando presenta problemas de calidad (mezclas de calibres, daño por golpes, frutos con hojas, entre otros, que permita sospechar que se trata de fruta comercial), se aumentará las cajas muestras en al menos 10 unidades.
* El CSG debe tener inscritas las especies y variedades en SRA del SAG, si las variedades que se presentan a inspección no corresponden a las inscritas en el SRA, el establecimeinto deberá tener una tabla de equivalencia de variedades, vigente y validada.
* La Contraparte profesional, deberá contar con las guías de despacho que respalden la recepción de los productos al establecimiento. |