Se adjunta Circular SAG 708/2025 donde se informa que se ha modificado el anexo VIII de la directriz de la resolución 6510/2020, (se adjunta Directriz) al respecto se informa que los planes de mitigación que deben realizar todos los huertos de cereza, deben considerar medidas para los riesgos intraprediales, relacionadas con potenciales riesgos asociados a la presencia de plantas de vid dentro de los predios, por otro lado, las medidas para riesgos extraprediales son voluntarias.
En relación a los plazos, para la entrega del plan de mitigación de riesgos al SAG en huertos de cerezos, se ha extendido hasta el 24 de octubre. |